Durante los últimos días la nueva ayuda de 200 euros se ha convertido en todo un tema para hablar.Desde los problemas para solicitarla hasta las sorpresas que trae esta ayuda.Te las contamos:
La ayuda es unipersonal pero como ha dejado claro la Agencia tributaria se tendran en cuenta los ingresos de las siguientes personas:
Pueden pedir esta ayuda aquellas personas que, en el 2022:
- Hayan realizado una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad,
- O hayan sido beneficiarios de la prestación o subsidio por desempleo.
- Siempre que no superen 27.000 euros íntegros de rentas (es decir, el importe bruto sin descontar gastos ni retenciones) y 75.000 euros de patrimonio a 31 de diciembre de 2022 (descontando la vivienda habitual).
Para el cálculo deben sumarse las rentas y el patrimonio de las siguientes personas que convivan en el mismo domicilio: beneficiario; cónyuge; pareja de hecho inscrita en el registro de uniones de hecho; descendientes menores de 25 años, o con discapacidad, con rentas que no excedan de 8.000 euros (excluidas las exentas); y ascendientes hasta segundo grado por línea directa. - Y tengan residencia habitual en España, en los términos previstos en el artículo 9 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, (permanecer más de 183 días o núcleo principal de la actividad en territorio español).
Como ya indicamos en otro artículo de nuestra web las personas que no pueden recibir esta ayuda son:
No tienen derecho a la ayuda quienes, a 31 de diciembre de 2022:
- Perciban el Ingreso Mínimo Vital (incluye complemento de ayuda a la infancia)
- Perciban una pensión abonada por el Régimen General o los Regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado, así como quienes perciban prestaciones análogas de las mutualidades de previsión social alternativas al RETA (Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos).
Tampoco tienen derecho a la ayuda, si durante el 2022, alguna de las siguientes personas que convivan en el mismo domicilio: beneficiario; cónyuge; pareja de hecho inscrita en el registro de uniones de hecho; descendientes menores de 25 años, o con discapacidad, con rentas que no excedan de 8.000 euros (excluidas las exentas); y ascendientes hasta segundo grado por línea directa:
- Fuesen administradores de derecho de una sociedad mercantil que no hubiese cesado en su actividad a 31 de diciembre de 2022, o fuesen titulares de valores representativos de la participación en fondos propios de una sociedad mercantil no negociados en mercados organizados.

¿Cómo tributa la ayuda de 200 euros?
Esta ayuda tributa como una ganancia patrimonial que viene de una ayuda pública y esto se incluirá en tu renta del trabajo, ahora bien, si tu estás exento de hacer la declaración de la renta no tendrás que hacerla, el hecho de recibir esta ayuda no va a hacer que estés obligado a hacer la declaración de la renta.
Ahora mismo el mínimo exento para no tener que realizar la declaración de la renta es de 15.000 euros anuales para quien no tiene hijos, y de 19.000 euros para quien si tiene hijos.
En caso de que tengas que hacer la declaración de la renta esto se te va a computar como un rendimiento del trabajo.
Por último, aunque estés exento de realizar la declaración de la renta si en concepto de este tipo de ayudas sumas más de 1000 euros anuales si que estarás obligado a realizar tu declaración
¿Como se si me han aceptado la ayuda de 200 euros o no?
Te lo explicamos:
El plazo para ingresar la ayuda es de 3 meses contados a partir de la fecha de finalización del plazo para presentar el formulario. Por tanto, siendo el último día de plazo para solicitar la ayuda el 31 de marzo de 2023, el plazo para que sea ingresada será el 30 de junio de 2023.
Cuando, a la vista de la solicitud presentada y la información de que disponga la Agencia Estatal de Administración Tributaria, no resulte procedente el abono de la ayuda, se notificará al solicitante una propuesta de resolución denegatoria, en la que se le indicarán los datos necesarios para consultar los motivos de la denegación en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
Transcurrido el plazo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de la solicitud sin haberse efectuado el pago ni haberse notificado una propuesta de resolución denegatoria, la solicitud podrá entenderse desestimada.
Aquí os contamos como solicitar la ayuda de 200 euros